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Mecenazgo y derechos culturales

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El día jueves 19 de septiembre de 2024 nuestro co-director, Emiliano Fuentes Firmani, en representación de nuestra Asociación Civil por los Derechos Culturales, participó como experto en la reunión informativa sobre los proyectos de ley de Mecenazgo en la Comisión de Cultura de la Cámara de Diputados de la Nación. Compartimos acá el texto que hizo en su presentación: 

En primer lugar, quiero agradecer a los diputados y diputadas de la Comisión por su asistencia y predisposición a la escucha. A la presidencia de la comisión por poner el tema, largamente demorado, finalmente en debate, y especialmente al Diputado Ricardo Herrera por invitarme a exponer en esta sesión informativa. Y por supuesto a mis colegas, asesores, asesoras, trabajadores y trabajadoras legislativas por su trabajo comprometido con las políticas culturales.

Mi nombre es Emiliano Fuentes Firmani. Soy trabajador legislativo, investigador del Instituto de Arte y Cultura de la Universidad Nacional de Tres de Febrero y co director de la consultora y editorial RGC – Redes de Gestión Cultural, además de docente de políticas culturales en diversas universidades y en el Instituto de Capacitación Parlamentaria de esta Honorable Cámara.

Hoy no voy a hablar sobre la historia del mecenazgo y su vínculo con la producción cultural, ya que es posible consultar abundante bibliografía sobre ese tema, sino que me centraré en presentar algunas ideas más modernas en torno a las políticas de financiamiento y fomento de la cultura, y más específicamente al tema que se está tratando en esta reunión: la promoción de la inversión privada en la cultura – o mecenazgo -, que sí bien es una herramienta de intervención sumamente interesante, en nuestro país ha generado un poco de controversia. En este sentido, es necesario señalar que el mecenazgo no es una relación solo entre privados, sino una articulación público-privada que a partir de la renuncia fiscal busca estimular la inversión en la cultura.

En primer lugar es importante destacar que el Mecenazgo es solo una herramienta más dentro de las políticas de financiamiento y fomento de la cultura y que de ninguna manera puede reemplazar a la acción del Estado en esta materia, sino que debe funcionar como complemento de la misma. Es menester hacer énfasis en esto, especialmente en tiempos de ajustes, recortes y achicamiento en la intervención estatal en el área, y de la “guerra cultural” que el gobierno manifiesta llevar adelante, en el que los recortes presupuestarios o restricciones de financiamiento operan como dispositivos de “post Censura”.

Que el Estado debe intervenir en el fomento y financiamiento de la cultura es una verdad que hoy difícilmente pueda ser discutida. De hecho, en Argentina, más que una verdad es un mandato constitucional desde 1994. Aunque también es cierto de que a pesar de tener un importante desarrollo jurídico e institucional para el fomento cultural (FNA, institutos de fomento) en nuestro país aún nos debemos una discusión profunda sobre los modos, las competencias y concurrencias que la Nación y las provincias deben asumir sobre el tema, o más claramente, sobre cómo debe estructurarse la gobernanza del sistema cultural argentino.

Pero.. ¿Por qué es importante la promoción de la inversión privada en la cultura? En primer lugar, porque amplía las posibilidades de desarrollo cultural y fomenta la diversidad de las expresiones culturales. En segundo lugar, porque ayuda a construir la sustentabilidad de los proyectos y procesos culturales, especialmente para los que aún hoy no encuentran cabida en las políticas de financiamiento y fomento existentes. Y por último, porque las empresas y el sector productivo tienen una responsabilidad social, y canalizarlas a través del apoyo de propuestas culturales, ya sea que les brinden algún tipo de contrapartida o no (difusión de marca, realización de servicios, etc), contribuye a su desarrollo empresarial y posiblemente, a su modelo de negocios. Atención, tenemos que tener cuidado para que no se instale el sentido común de que las empresas solo invierten sí pueden tener contraprestaciones. Nuestra experiencia como beneficiarios en CABA nos señala que es frecuente que los aportantes no pidan contraprestación alguna (nos pasó con dos bancos diferentes que apoyaron a RGC).

También sabemos por experiencia que sin el acompañamiento del Estado para promocionar el régimen y vincular a los proyectos con los aportantes, solamente pueden hacer uso de la herramienta quienes tienen cierto nível de desarrollo institucional, expertise de gestión y agenda de contactos. En este sentido es importante que la legislación incluya tanto mecanismos de control para que el Estado no termine subsidiando estrategias de marketing de privados vía renuncia fiscal, como acciones de fomento para que puedan compensarse las históricas asimetrías en torno al desarrollo cultural de nuestro país en todo el territorio nacional.

Sin dudas el primer objetivo de esta herramienta tiene que ser la contribución a la garantía y pleno ejercicio de los derechos culturales de nuestra población, especialmente en lo que tiene que ver con la producción y circulación de bienes culturales. Pero también debe tener el objetivo de contribuir con el goce de los derechos económicos y sociales de las y los trabajadores de las culturas a partir de la generación de puestos de trabajo.

Por eso es importante que el Mecenazgo impulse el desarrollo de pequeños y micro emprendimientos culturales, con alcance federal y equitativo entre las provincias para compensar las históricas asimetrías con la capital. Del aprendizaje de las experiencias de países vecinos, como Brasil, es posible afirmar que otro de los recaudos que cualquier política de Mecenazgo debe tomar es el de no favorecer solamente grandes proyectos de la industria cultural, ya que desde la perspectiva de la contraprestación éstos son más atractivos para cualquier marca que se quiera posicionar.

Pero es importante que el énfasis no quede restringido solo en el desarrollo económico que puede producir el sector cultural ¿Es importante? Sin dudas lo es. Pero la función de la cultura por la cual pensamos regímenes especiales no es solo esa, sino también, y fundamentalmente su capacidad de construir identidad, ciudadanía y vínculos. Esas relaciones que se construyen entre los sujetos a partir de los bienes y servicios culturales son las que dan lugar a nuestras comunidades y fortalece nuestra democracia.

Un tema controversial, pero que es necesario desromantizar, es que las culturas siempre son buenas. Dicho más claramente, no todo producto cultural aporta socialmente al desarrollo de sus comunidades. Existen infinidad de proyectos cuya función es la del lucro y el mero entretenimiento, que poco aportan a las funciones que le asignamos tan gentilmente a la cultura. En ese sentido, una ley de mecenazgo debe tener ciertos controles a la hora de aceptar las propuestas susceptibles de ser albergadas en ese régimen, o al menos, mecanismos que ayuden a valorizar aquellas propuestas que contribuyan al desarrollo comunitario, al diálogo intercultural y a la cultura de paz.

Un mecanismo innovador que podría adoptarse, y que ya funciona en alguna de las jurisdicciones que cuentan con esta herramienta, es la adopción de un modelo solidario para la promoción cultural a partir del aporte de los beneficiarios ¿Cómo funciona esto? Aquellos proyectos que logran financiamiento aportan solidariamente un porcentaje de lo recaudado para que sea reinvertido por el Estado en la promoción del “semillero” cultural, más vinculado a los procesos de formación artística o producción cultural comunitaria, incluso con cupos especiales para los sectores comunitarios. Una especie de caja social para garantizar el desarrollo cultural futuro.

Otra cosa que una buena política de Mecenazgo no debería carecer es algún mecanismo de participación intersectorial en el que puedan trabajar mancomunadamente representantes de los diversos sectores del ecosistema cultural, junto con representantes de las instituciones públicas de financiamiento y fomento y representantes del poder público (PEN, Congreso y provincias). Se trata de encontrar un espacio de sinergia que ayude a una mejor gobernanza de la herramienta, y por lo tanto, una mejor llegada a los sectores y un impacto más amplio en los territorios.

Para finalizar , y considerando que es importante que el Estado tenga recaudos para evitar posibles fraudes fiscales, o incluso otro tipo de delitos vinculados al lavado de dinero, es necesario que una política de mecenazgo nacional cuente con sólidos mecanismos de control y transparencia que permitan tanto la protección de los recursos fiscales como del patrimonio cultural involucrado, como así también, una restricción sobre las actividades económicas que pueden asociar sus marcas a los proyectos culturales. Productos de consumo masivo perjudiciales para la salud, o actividades que fomenten la ludopatía u otro tipo de adicciones deberían estar por fuera de cualquier posibilidad de articulación dentro de un régimen de promoción cultural.

Sin dudas, para el sector creativo- especialmente para el independiente, autogestivo y comunitario – contar con una herramienta que amplíe sus posibilidades de desarrollo será un impulso importante para estos tiempos que corren. Pero más allá de esto, creo que incentivar la participación privada en la cultura nos ayudará a consolidar ecosistemas culturales más sustentables y mercados culturales más diversos, aspectos fundamentales para garantizar el pleno ejercicio de los derechos culturales de toda la población y una fuerte soberanía cultural.

Nota: gran parte de estas preocupaciones fueron recogidas en el proyecto de ley del diputado nacional Ricardo Herrera, uno de los 4 proyectos que están en debate actualmente en la Comisión de Cultura.

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