,

El mandato del Primer Congreso Argentino de Cultura: soberanía audiovisual

por

Tengo maravillosos recuerdos del Primer Congreso Argentino de Cultura de Mar del Plata. Recuerdos de aquel día en que los integrantes de la entonces Asamblea Federal de Cultura, en una larga y hermosa reunión, decidimos llevarlo a cabo. La reunión fue en la entonces sede política de la Secretaría de Cultura de la Nación, en Avenida Alvear y Rodríguez Peña, ciudad de Buenos Aires. Era extraño e increíble que en ese edificio señorial ubicado en el corazón aristocrático de la Capital Federal un grupo de funcionarios de Cultura de todo el país desterrábamos para siempre la identidad Cultura-Bellas Artes y Cultura-Espectáculo, que venía impuesta por gobiernos anteriores como cristalizadas y obligatorias la hora de definir políticas culturales. Creo que es por eso que ese Congreso Argentino de Cultura, el primero, llevó como disparador del debate público, el título “Hacia Políticas Culturales de Estado; inclusión social y democracia”.  Un verdadero cambio de paradigma había llegado para quedarse. Tuve la suerte de presidir la Junta Ejecutiva del Congreso, como subsecretario de Cultura de la Nación. Pero más suerte tuve de ser parte de esa historia, de esos debates y de trabajar junto a esos maravillosos compañeros de ruta. No todos pensábamos igual, había en muchos casos marcadas diferencias ideológicas. Pero todos, absolutamente todos, decidimos llevar a cabo el ansiado Congreso bajo ese cambio de paradigma en la definición de Cultura.

El Congreso se llevó a cabo con financiación tripartita (El Consejo Federal de Inversiones, la Provincia convocante y la Secretaría de Cultura de la Nación pagaron cada uno un tercio de los gastos que demandó), pero la conducción política del evento era una sola, la de una Asamblea Federal dispuesta a poner en debate el rol de la Cultura en el desarrollo de las comunidades, en el debate democrático y en su función primordial a la hora de incluir a los excluidos. Estábamos deseosos de disparar un debate que alcanzara a todas las comunidades, no solo a las colonias artísticas ni a la industria cultural. 

Que hablen todos, digámonos todo. Esa fue la idea.

Comenzamos realizando Cabildos Abiertos de Cultura en cada pueblo en que fue posible. Los resultados de esos Cabildos, a su vez divididos en distintas temáticas, se constituían en los nuevos disparadores de debate en Congresos Provinciales de Cultura. Las conclusiones de los Congresos Provinciales llegaron de la mano de más de 3.500 asistentes de todo el país a la Ciudad de Mar del Plata, que vinieron a dar el debate entre el 25 y el 27 de agosto de 2006, hace ya quince años.

Las conclusiones son maravillosas, gigantes, fruto del debate popular. 

Perdón. Me dejé llevar por los recuerdos. Y es que en realidad me pidieron que escriba sobre las transformaciones que necesita el sector audiovisual argentino para poder ser parte del fenómeno de la generación de contenidos de alcance global sin perder la soberanía audiovisual.

Y es que el Primer Congreso Argentino se adelantó, visionario, a nuestro tiempo y entre las conclusiones encontramos la siguiente, faro que alumbra el tema sobre el que me solicitaron que escriba: 

Consideramos asimismo a la cultura como un motor del desarrollo económico y social, generadora de inclusión y empleo. A tal fin, adherimos a los conceptos de “excepción cultural” y “diversidad cultural” como garantía de protección de bienes y servicios culturales, promovidos por la UNESCO.”

Vayan estos párrafos como homenaje a los compañeros y compañeras que formaron parte del Primer Congreso Argentino de Cultura cuyas conclusiones, quince años después, siguen iluminándonos cada vez que debatimos el tratamiento actual del audiovisual como expresión de la Cultura local. 

Pero vayamos al grano.

La República Argentina tiene una importante producción audiovisual. Esto se debe a un marco regulatorio propicio a la producción, que incluye normas de fomento y las llamadas “cuotas de pantalla”, aplicables al cine y a la televisión.

Asimismo, otras normas, como la Ley de Economía del Conocimiento número 27.506, actúan generando incentivos fiscales para la promoción industrial, que se traduce en una baja sustantiva de la carga impositiva para las empresas del sector. 

Para algunos países, encabezados por los Estados Unidos, los bienes culturales son productos de intercambio sin especificidad alguna, sujetos a las reglas comunes del comercio. En tal sentido, ha dado y sigue dando grandes batallas contra las llamadas “excepciones” y “reservas” culturales, ya que en su criterio, son barreras internas al libre comercio de bienes y servicios.

En lo referente a los contenidos audiovisuales estos embates tienen por fin la aplicación del principio de no discriminación (libre acceso a los mercados y derogación de la normativa referente a cuotas) e igualdad de trato con supresión o al menos acceso a las mismas ayudas que poseen los productores locales.

Desde luego, los países productores culturales defienden sus políticas. Así, Europa, liderada por Francia, se enfrentó a los Estados Unidos con el fin de salvaguardar su industria cultural, a lo largo de las negociaciones que darían pie al nacimiento de la OMC y la firma de los ADPIC.

Del mismo modo, durante la Conferencia General de la UNESCO, en su 33ª reunión, se suscribió la Convención sobre la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales, que dispone entre sus objetivos “los derechos soberanos de los Estados a conservar, adoptar y aplicar las políticas y medidas que estimen necesarias para proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales en sus respectivos territorios”

Es claro entonces que existe una tensión entre protección de las industrias culturales nacionales y el llamado por los Estados Unidos, “libre comercio”.

BREVE DESCRIPCION DE LA LEGISLACION AUDIOVISUAL ARGENTINA

La ley 17741 (t.o.), denominada “Ley de Cine”, dispone medidas de fomento para las películas definidas como “nacionales” (realizada por actores y técnicos argentinas, habladas en idioma castellano, filmadas mayormente en el país, postproducidas en la Argentina, etc.), tales como subsidios, créditos a tasa blanda, eliminación de aranceles a las importaciones de equipos, entre otras. También establece una cuota de pantalla para el cine nacional, obligando a las Salas a exhibir una cantidad de películas por trimestre calendario.

Por su parte la ley 26.522 de Comunicación Audiovisual fija en su artículo 65 una cuota de pantalla para TV abierta, así como para el canal de generación propia de los servicios por suscripción.

Diversas políticas se han sucedido para generar contenidos audiovisuales argentinos. Por ejemplo, el Ministerio de Cultura de la Nación y la Secretaría de Medios y Comunicación Pública han anunciado la puesta en marcha del programa Renacer Audiovisual, destinado a la reactivación de la industria con una inversión proyectada de $ 2.400.000.000 y con el principal objetivo de revitalizar la industria local generando nuevos puestos de trabajo en todas las regiones del país. 

En definitiva, se trazan políticas públicas para generar condiciones de posibilidad ciertas para el desarrollo de nuestra industria audiovisual por ser espejo de nuestra Cultura y generadora de puestos de trabajo genuinos y de enorme valor agregado.

Como puede observarse, la República Argentina posee una legislación protectora de su producción audiovisual que está lejos de la liberación del comercio que pretende Estados Unidos como principal exportador de contenidos audiovisuales.

LA RESERVA CULTURAL CONTRA EL LIBRE COMERCIO COMO DEFENSA DE LA DIVERSIDAD CULTURAL 

El 7 de mayo de 2008, Argentina depositó ante el Director General de UNESCO su instrumento de ratificación de la Convención sobre la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales. Las medidas que la Convención permite tomar a los gobiernos en protección de su cultura local son, entre otras:

  1. medidas encaminadas a proporcionar a las industrias culturales independientes nacionales un acceso efectivo a los medios de producción, difusión y distribución de bienes y servicios culturales
  2. medidas destinadas a conceder asistencia financiera pública
  3. medidas encaminadas a respaldar y apoyar a los artistas y demás personas que participan en la creación de expresiones culturales

De esto se desprende que, aunque son previas a su suscripción, las normas de protección de contenidos audiovisuales argentinos se encuentran amparadas bajo el paraguas de la Convención y la reserva cultural es el mecanismo a través del cual debemos defender nuestro plexo normativo.

Ahora bien, debemos estar atentos, pues todo este sistema de protección audiovisual corre riesgos frente a la firma de tratados de libre comercio o a la incorporación de nuestro país a acuerdos de integración regional. 

Como dijimos, la estrategia de los Estados Unidos consiste en identificar los productos culturales con cualquier tipo de producto y reclamar el mismo tratamiento, para así terminar con las barreras que significan las cuotas y las ayudas (a la vez que muchas veces son parte de esas ayudas asociándose a empresas nacionales). En consecuencia, cualquier pretensión de suscribir tratados de libre comercio, como sucedió durante el gobierno de Mauricio Macri que pretendió, por suerte sin éxito, ingresar a la Alianza del Pacífico, generará la obligación del Estado de modificar las leyes protectorias para liberar el comercio, con riesgo de perder en forma definitiva nuestra rica capacidad de producción audiovisual (por ejemplo, Argentina es el cuarto exportador de formatos de TV).

LA CONVERGENCIA

Con el advenimiento del internet masivo y la digitalización de los contenidos, comenzó una inmensa circulación transnacional de bienes y servicios. Es el fenómeno denominado “globalización” del mercado audiovisual. 

El cine, la televisión abierta y los operadores de cable locales se enfrentan ahora con un fenómeno desconocido por su carácter masivo y global. Las plataformas OTTs (aquellas que llegan al hogar montadas sobre infraestructura de red ajenas).

Esta competencia es desleal para los operadores habituales, obligados a sostener sus grandes estructuras de producción y emisión.

De este modo, el impacto que las Tecnologías de la Información y la Comunicación ejercieron sobre el esquema de negocios local es enorme, al permitir que las obras audiovisuales, convertidas en paquetes de datos que viajan por océanos, territorios y llegan a los hogares, sean de acceso a todas las personas del planeta, omitiendo, salvo que los marcos regulatorios lo ordenen en forma expresa, el cumplimiento de la normativa local, tanto en materia impositiva como de cuota. Los Estados están regulando este esquema de negocios, en el entendimiento de que a igual oferta, corresponde igual regulación.

La globalización no tiene vuelta atrás y ha socavado las bases del negocio audiovisual local, lo que no solo impacta sobre los titulares de servicios de comunicación audiovisual, sino sobre las productoras independientes, los autores nacionales y en general, sobre el trabajo y la cultura local. Hablamos claramente de una invasión de contenidos que modifica en forma revolucionaria la forma de ver y en consecuencia, el esquema de negocios.

La digitalización permite también la llamada “convergencia” entre las telecomunicaciones y los servicios de comunicación audiovisual, término que no debe usarse solamente para referirse a su aspecto tecnológico, esto es, la posibilidad de los titulares de licencias de prestar todos los servicios como paquetes de datos.

La convergencia lleva a la constitución de multimedios, fusión de empresas, economías de escala y esquemas de zero rating (este último en clara violación a la neutralidad de la red) que concentran en pocas manos los contenidos. 

Es así que uno de los grandes desafíos de los reguladores y de los actores de la industria audiovisual, es la adaptación de la normativa actual a las nuevas formas de emitir y ver contenidos audiovisuales

Dado que la convergencia hace difícil establecer claras fronteras entre las telecomunicaciones, los medios de comunicación tradicionales e Internet, el legislador debe hacer el trabajo de separar, de acuerdo a los intereses del país, los marcos regulatorios, dado que el desarrollo tecnológico va muy por delante de las legislaciones, generando conflictos y un importante reto a los organismos reguladores.

El futuro de nuestra producción depende del establecimiento de políticas públicas que regulen el sistema audiovisual garantizando la existencia de una industria local de contenidos, con la función social y cultural que tuvo desde sus inicios.

El Primer Congreso Argentino de Cultura nos marcó el camino de la excepción cultural, el fomento y la regulación como base de toda política audiovisual y en tal sentido debemos defender y actualizar nuestra legislación para estar a la altura de los desafíos que impone el presente.

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *